Código de conducta
1 Objetivo
1.1 La Alianza contra la Falsificación de Bebidas Espirituosas, Ltd. ("AACS" o la "Compañía") se compromete a llevar a cabo sus actividades de forma responsable y legal en todos los lugares donde opera. ("AACS" o la "Compañía") se compromete a llevar a cabo su actividad de forma responsable y legal en todos los lugares en los que opera.
1.2 El presente Código establece claramente las normas de conducta exigidas a los miembros y asociados, tanto en el plano profesional como en el personal.
1.3 A los efectos de este código,
- Consejo de Administración significa el Consejo de Administración de la AACS.
- Empleados: empleados de la AACS
- Por contratista se entiende cualquier persona o empresa que preste servicios a la AACS pero que no sea un Empleado.
- Los proveedores de servicios son cualquier persona o empresa que tenga un acuerdo de proveedor de servicios con la AACS.
- Miembro significa una empresa formalmente admitida como miembro de la AACS.
- Delegados significa el empleado o empleados de un Miembro que son designados por ese Miembro para representarlo en la Alianza.
- Asociados significa colectivamente la Junta Directiva, los Empleados, los Contratistas, el Proveedor de Servicios y los Delegados.
1.4 En el caso de personas empleadas o contratadas por un miembro, proveedor de servicios o contratista, es responsabilidad del miembro, proveedor de servicios o contratista asegurarse de que conocen el Código y de que cumplen sus disposiciones.
1.5 El incumplimiento de los requisitos y normas del Código por parte de los empleados, proveedores de servicios o contratistas dará lugar a medidas disciplinarias que pueden incluir la rescisión de su contrato. El incumplimiento también puede dar lugar a acciones legales o de otro tipo, incluyendo la recuperación de daños y perjuicios por cualquier pérdida sufrida.
2 Conflictos de intereses
2.1 Los Asociados de AII tienen un deber de lealtad comercial con sus empresas matrices y, junto con los Miembros, con la Alianza. Este deber se viola si un Asociado se involucra en actividades que causan, o pueden razonablemente pensarse que causan, un conflicto de intereses con la Alianza.
2.2 Puede surgir un conflicto de intereses cuando un asociado está en posición de ganar o beneficiarse, o de hacer que los miembros de su familia, amigos o asociados ganen o se beneficien, de una acción u omisión particular relacionada con los conocimientos adquiridos a través de la AACS o de sus actividades en nombre de la AACS. Dichos conflictos deben ser comunicados al Director General de la AACS ("MD") a la mayor brevedad posible para que se pueda determinar una línea de actuación adecuada.
3 Pagos indebidos
3.1 La Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE.UU., la Ley de Soborno del Reino Unido, la Ley Antiterrorista, Contra el Crimen y la Seguridad de 2001 del Reino Unido, la Ley n° 2016-1691 de 9 de diciembre de 2016 relativa a la transparencia, a la lucha contra la corrupción y a la modernización de la vida económica (Ley Sapin 2) y las leyes de otros países relativas al soborno y a los pagos indebidos constituyen un área compleja de la ley. La AACS se atiene plenamente a las leyes de Estados Unidos, Reino Unido, Francia y otras leyes internacionales y nacionales relativas a los sobornos y pagos indebidos. AACS prohíbe, bajo cualquier circunstancia, ofrecer o recibir sobornos, "comisiones ilegales" o cualquier otro pago indebido (incluidos los llamados "pagos de facilitación").
3.2 Esta prohibición también impide el uso de intermediarios/agentes/filiales o empresas conjuntas para dar o prometer algo a dichas personas en nombre de la AACS o del Asociado.
3.3 Los asociados deben tener especial cuidado cuando traten con funcionarios del gobierno para asegurarse de que no haya ninguna sugerencia de impropiedad. No se debe dar ni prometer nada, incluso por parte de terceros, que pueda interpretarse como una intención de influir en la decisión de empleados, funcionarios o candidatos gubernamentales o políticos. Deben seguirse siempre las políticas y procesos de la AACS para aprobar y registrar cualquier regalo, entretenimiento o pago realizado a los organismos gubernamentales.
3.4 La impartición de formación en materia de reconocimiento de marcas contra la falsificación es un aspecto integral de muchos programas de la AACS. Al planificar los eventos de formación, los Contratistas y Proveedores de Servicios deben presentar un plan de formación para su aprobación a la dirección de la AACS, en el que se explique el motivo por el que se ha seleccionado el departamento de policía. Una vez finalizada la formación aprobada, los Contratistas y Proveedores de Servicios deben presentar a la dirección de la AACS el documento "Asistentes a la formación de la AACS" (adjunto como Apéndice 1).
4 Empleo
4.1 AACS, sus Contratistas y sus Proveedores de Servicios no emplearán, procurarán o permitirán el empleo de personas que no tengan la edad legal para trabajar en el país en el que se vaya a realizar el trabajo, o que de otro modo no tengan derecho por ley a ser empleados, o que no sean declarados válidamente como empleados ante las autoridades pertinentes en ese país o territorio.
5 Investigadores de terceros
5.1 A menos que se coordine, es posible que las acciones de un proveedor de servicios y de un investigador tercero contratado por separado por un miembro en el mismo mercado entren en conflicto o causen dificultades con los organismos encargados de hacer cumplir la ley u otras autoridades y, por lo tanto, perjudiquen la reputación profesional y los futuros negocios de la AACS y/o del proveedor de servicios.
5.2 Cuando los miembros contraten a investigadores de terceros en un mercado en el que opere un proveedor de servicios designado por la AACS, los miembros informarán a la AACS de forma adecuada y acordarán un protocolo para garantizar que las acciones de los investigadores de terceros no entren en conflicto con las actividades del proveedor de servicios.
6 Creación y conservación de registros
6.1 La ley obliga a AACS a mantener una serie de registros corporativos, incluyendo registros financieros y fiscales, registros de empleo y registros de salud y seguridad. Estos registros deben estar fácilmente disponibles para su inspección, si así se requiere. Del mismo modo, debe crearse y conservarse un registro de las actividades operativas de la AACS, especialmente cuando éstas hayan dado lugar o puedan dar lugar a procedimientos judiciales. La AACS, sus contratistas y proveedores de servicios deben conservar los registros durante un periodo mínimo de 6 años (a menos que la legislación local exija la conservación de los registros durante un periodo superior a 6 años), tras lo cual deberá solicitarse a MD AACS la aprobación para su destrucción/eliminación.
6.2 La destrucción de los registros corporativos de la AACS puede constituir un delito, por ejemplo, cuando impide su divulgación en procedimientos legales o a un funcionario público o regulador. Debe consultarse al director general si existe alguna duda sobre la necesidad de crear o conservar un registro concreto.
7 Recogida de datos y propiedad
7.1 Los asociados buscarán, solicitarán y recibirán únicamente los datos (incluyendo todas las formas de información) a los que ellos y la AACS tengan derecho legalmente y que sean necesarios para llevar a cabo los negocios de la AACS. Entre los Asociados y la AACS, la AACS será la propietaria de todos los datos adquiridos o creados en el curso de los negocios de la AACS.
8 Deber de confidencialidad
8.1 La divulgación indebida de información confidencial podría ser la base de una acción legal contra la AACS, sus miembros y sus asociados. Por lo tanto, todos tienen el deber de confidencialidad con respecto a cualquier información comercial u operativamente sensible que adquieran o conozcan en el curso de su trabajo con o en nombre de la AACS, y no deben divulgarla excepto en el ejercicio de la actividad legal de la AACS y nunca deben utilizarla para beneficio personal, práctica comercial desleal, fines competitivos o anticompetitivos, o fines denigrantes. Esta obligación durará mientras la información en cuestión siga siendo confidencial.
8.2 La Información Confidencial incluye, sin limitación, el conocimiento de secretos comerciales, planes o perspectivas de negocio, programas de marketing o ventas, datos de seguridad de la marca, listas de clientes, formulaciones de la marca, acciones o estrategias legales significativas, operaciones de investigación, nuevos productos o cambios de precios, la adquisición o desinversión de marcas, fusiones y adquisiciones o cambios en la alta dirección y cualquier otra información cuyo valor se derive de no ser conocida por el público. La información confidencial no incluye la información que es o pasa a ser de dominio público por no haber infringido el presente Código u otra ley aplicable.
8.3 La información que un miembro o un asociado obtenga debido a su posición o asociación con la AACS en relación con la carrera, la remuneración o los detalles o las circunstancias personales de otros asociados también es confidencial.
8.4 Las obligaciones de confidencialidad del presente Código se aplican a los Miembros y Asociados incluso después de que terminen su asociación con la AACS, mientras la información siga siendo confidencial y no esté a disposición del público en general.
8.5 La AACS también respeta los derechos de los demás respecto a su Información Confidencial. Los miembros y asociados no deben aceptar, solicitar o divulgar Información Confidencial de o sobre cualquier miembro, asociado o tercero sin la autorización previa de la Junta Directiva. Los miembros y asociados deben ser especialmente conscientes del riesgo de divulgación involuntaria a través de discusiones o uso de documentos en lugares públicos. Los Miembros y Asociados deben proteger la Información Confidencial de la AACS que se les ha confiado siguiendo las políticas y procedimientos de la AACS.
9 Privacidad y protección de datos
9.1 La AACS cuenta con una política completa de protección de datos, que se distribuye anualmente a los asociados.
9.2 La AACS recoge, almacena y divulga datos para cumplir el objetivo de luchar contra la falsificación de los productos de sus miembros.
9.3 Los miembros y asociados deben asegurarse de que la recopilación, el almacenamiento, la transferencia, la divulgación o el uso de dichos datos personales se ajustan a las leyes y reglamentos aplicables, incluidos el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley de Protección de Datos de 1998 (y cualquier ley o reglamento posterior relativo a la protección de datos al que esté sujeto la AACS).
9.4 Los datos personales son cualquier información relacionada con una persona viva que puede ser identificada a partir de esa información por sí sola o identificada cuando esa información se combina con otra información que la AACS tiene (o puede tener en el futuro). La AACS adquiere datos personales de sus Miembros y Asociados, pero principalmente recoge datos de individuos bajo investigación que se mantienen en su base de datos (por ejemplo, nombres, direcciones, detalles de tarjetas de crédito, números de teléfono, direcciones de correo electrónico, números de identificación personal y otros detalles personales que podrían identificar a un individuo).
9.5 Cada miembro y asociado tiene el deber de cumplir con sus obligaciones en virtud de la legislación aplicable en materia de protección de datos cuando procesa los datos personales de cualquier individuo que sea objeto de cualquier informe o investigación de la AACS.
9.6 Los proveedores de servicios no deben recopilar, utilizar o divulgar datos personales en nombre de la AACS sin haber suscrito previamente un acuerdo de proveedor de servicios con la AACS.
9.7 Los empleados sólo pueden recoger, utilizar o divulgar datos personales según lo permitido en su contrato de trabajo. La AACS, los miembros, los proveedores de servicios y los contratistas deben asegurarse de que sus empleados están plenamente formados en el manejo de datos personales.
9.8 En los casos en que se permita la divulgación, ésta no deberá compartirse con otras personas ajenas a la AACS, a menos que sea necesario para la prevención de un delito (y que el hecho de no divulgarlo perjudique la investigación). Sólo debe revelarse el mínimo de datos personales necesarios para la investigación.
9.9 Cualquier dato personal debe compartirse de forma segura, y los asociados deben asegurarse de que se han realizado suficientes comprobaciones sobre el receptor de la información.
9.10 Debe comprobarse la exactitud de los datos personales y, en la medida de lo posible, deben estar actualizados.
9.11 Toda divulgación de datos personales debe registrarse y documentar los motivos de la misma. La AACS, sus miembros y asociados deben registrar qué información se compartió, con quién se compartió, cuándo se compartió y la justificación de la divulgación.
9.12 Los miembros y asociados deben notificarse mutuamente, en un plazo de 48 horas, en caso de que las personas soliciten el acceso a los datos, de que las personas o los reguladores planteen alguna preocupación o de que se produzca una violación de la seguridad.
10 Leyes de competencia y antimonopolio
10.1 En muchos países, la colaboración con los competidores o sus representantes se rige por las leyes de competencia y antimonopolio, que si se infringen pueden dar lugar a graves sanciones civiles y penales, incluyendo multas y penas de prisión para los condenados. Los miembros y asociados no deben discutir o realizar ninguna acción que tenga como objetivo o efecto reducir la competencia comercial, por ejemplo, solicitar o facilitar el acuerdo de los miembros de la AACS para:
- fijar las condiciones de venta (descuentos, precios, condiciones de crédito, etc.) o los niveles de producción;
- repartirse los mercados, los clientes o los territorios, o boicotear a cualquier cliente; o
- influir en los clientes en cuanto a sus precios de [re]venta.
10.2 La colaboración o discusión de temas que puedan reducir la competencia comercial con los compañeros Miembros, Asociados y/o otros competidores puede ser ilegal. Si un compañero Miembro, Asociado u otro competidor plantea alguno de ellos, incluso indirectamente la conversación debe detenerse inmediatamente. El Miembro o Asociado debe decir claramente que bajo ninguna circunstancia puede discutir estos temas.
10.3 Cualquier caso en el que un miembro o asociado sospeche que se han infringido las leyes de competencia o antimonopolio debe ser comunicado inmediatamente al director general de la AACS.
11 Derechos Humanos
11.1 AACS no permite la explotación de los niños ni la servidumbre involuntaria entre sus empleados o los de sus contratistas y proveedores de servicios. Esto incluye la consideración de servidumbre por deudas y costes financieros inaceptables impuestos a los trabajadores. AACS respeta y cumple todas las leyes locales pertinentes relativas al empleo voluntario y a la edad mínima para trabajar y espera que sus contratistas y proveedores de servicios hagan lo mismo. AACS se compromete a proteger los derechos de todos los trabajadores de su red de empleados, contratistas y proveedores de servicios.
11.2 AACS espera que estos empleados reciban un trato justo y no sean objeto de discriminación (en ningún aspecto del empleo) por factores como la raza, el sexo, el color, la casta, la religión, el origen étnico, la orientación sexual, la discapacidad, la edad, el estado civil, la salud, el embarazo, la afiliación sindical, la afiliación política o el origen nacional. AACS prohíbe estrictamente cualquier tipo de acoso, intimidación, hostigamiento o abuso de cualquier empleado de su red y espera que se les permita la libertad de asociación y negociación colectiva de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables. AACS espera que todos los empleados que trabajan para AACS, sus contratistas y proveedores de servicios reciban un salario justo, de acuerdo con al menos las normas mínimas legales o las normas apropiadas del sector, la que sea más alta. AACS espera que estos empleados no trabajen un número excesivo de horas y que trabajen de acuerdo con las leyes nacionales, los convenios colectivos y las disposiciones de las normas pertinentes de la OIT sobre el tiempo de trabajo.
11.3 La AACS reconoce que sus contratistas y proveedores de servicios pueden ser testigos de indicios que apuntan a la posible existencia de trabajo forzoso. El trabajo forzoso u obligatorio puede definirse como el trabajo o servicio que se exige a cualquier persona bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el que dicha persona no se ha ofrecido voluntariamente.
11.4 Todos los contratistas y proveedores de servicios deben rellenar la "Lista de comprobación del trabajo forzoso" (adjunta como Apéndice 2 a este documento) siempre que asistan a una redada o acompañen a las fuerzas del orden en lugares donde el riesgo de trabajo forzoso sea elevado. Esta lista debe devolverse a la AACS en un plazo de 48 horas tras su cumplimentación.
12 Salud y seguridad
12.1 AACS se compromete a mantener unas condiciones de trabajo seguras para los empleados de su red. Esperamos que nuestros contratistas y proveedores de servicios cumplan las leyes y reglamentos locales y nacionales en materia de salud y seguridad, que mantengan un entorno de trabajo seguro y que fomenten y promuevan la cultura de la seguridad en el trabajo.
12.2 Los contratistas y los proveedores de servicios deben contar con un proceso para registrar, investigar y notificar los accidentes e incidentes peligrosos, mantener procedimientos adecuados de preparación para emergencias y disponer de mecanismos apropiados para que los empleados y los trabajadores contratados puedan plantear y discutir sus preocupaciones en materia de salud y seguridad.
13 Consultas de agencias gubernamentales u organismos reguladores
13.1 Si un miembro o asociado es contactado por una agencia gubernamental o un organismo regulador que busca una entrevista, solicita información o busca documentos relacionados con asuntos de la AACS, el miembro o asociado debe advertir que la AACS cumplirá plenamente con sus obligaciones legales, pero que el asunto debe ser remitido primero al MD. Todas las solicitudes de este tipo deben ser comunicadas inmediatamente al MD, que consultará con la Junta Directiva y buscará asesoramiento legal antes de responder.
14 Consultas de los medios de comunicación
14.1 A menos que un Asociado haya sido autorizado en un caso específico por la Junta Directiva de la AACS para hablar con los medios de comunicación, debe remitir todas las preguntas relacionadas con la AACS, sus Miembros y sus negocios a la Dirección de la AACS.
15 Conducta general
15.1 La conducta general se refiere a cualquier acto de comisión u omisión que sea ilegal, poco ético o imprudente y/o que pueda atraer publicidad o comentarios adversos y que pueda constituir una infracción del presente Código.
15.2 Debido a la naturaleza del negocio de AACS, cualquier acto o comportamiento ilegal, no ético o imprudente que pueda estar relacionado con el consumo de alcohol constituye una infracción especialmente grave del presente Código. Los empleados y los de sus contratistas y proveedores de servicios son embajadores del consumo responsable de alcohol y deben respetar la política de consumo responsable de AACS.
15.3 Cualquier caso en el que un empleado, o un empleado de un contratista o proveedor de servicios, sea acusado de un delito penal, o sea susceptible de ser objeto de publicidad adversa, deberá ser comunicado inmediatamente al director general, independientemente de que la persona estuviera ocupada en asuntos de AACS en el momento del delito o del suceso.